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Actualización de pago de derechos de certificación Operador Económico Autorizado.

 

El pasado 29 de diciembre de 2020 se publicó la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, en la que se incluyen los cambios relacionados con el incremento de pagos de derechos conforme al anexo 19 de la Ley Federal de Derechos.

¿Quién debe realizar el pago de derechos?

Las empresas que cuenten con el Registro de Empresas Certificadas en cualquier modalidad deberán realizar el pago de derechos correspondiente.

¿Cuál es el periodo para realizar el pago de derechos?

De acuerdo con la regla 7.2.3 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, al momento de solicitar la renovación en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, en cualquier modalidad, las empresas deberán haber realizado el pago del derecho correspondiente. La renovación se podrá solicitar dentro de los 30 días previos al vencimiento de su certificación.

Las empresas cuya vigencia es de 2 o 3 años deberán realizar el pago anual de derechos al cumplirse uno y dos años de que se emita la resolución por la que se autorice su registro.

¿Cómo presentar el pago de derechos?

El pago debe realizarse a través del esquema electrónico e5cinco. De acuerdo con la regla 7.2.1. Una vez realizado el pago anual de derechos, la empresa deberá presentarlo ante la AGACE dentro de los 15 días siguientes mediante escrito libre.

¿Cuál fue el cambio de montos para 2021?

El monto del pago de derechos establecido en el artículo 40, inciso m) de la Ley Federal de Derechos pasó de ser $29,748.0 a la cantidad de $30,739.0

Es importante mencionar que las empresas cuya vigencia ocurre dentro de los primeros días del mes de enero de 2021 y que ya hayan realizado el pago de acuerdo a los montos del 2020 deberán realizar otro pago por la diferencia, esto con base en el comunicado publicado por la autoridad el pasado 27 de noviembre.

 

Agradecemos de antemano su atención.

Atentamente, Xerapo, Soluciones en Comercio Exterior.

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