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Cuarta resolución de modificaciones a la   resolución miscelánea fiscal para 2020.

 

Por medio de la presente Nota Informativa se hace de su conocimiento que el día de hoy 11 de diciembre de 2020 se publicó por medio del Diario Oficial de la Federación la Resolución citada al rubro, por la cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público da a conocer lo siguiente:

Información más relevante: 

Días inhábiles para el SAT (2.1.6)

Se establece que son periodos generales de vacaciones para el Servicio de Administración Tributaria los días jueves 17, viernes 18, lunes 21, martes 22,  miércoles 23, lunes 28,  martes 29 y miércoles 30 de diciembre de 2020, así como el lunes 4 y martes 5 de enero de 2021.

Se agregan a los días inhábiles para el SAT los días jueves 24 y jueves 31 de diciembre de 2020, y el miércoles 6 de enero de 2021.

Cabe mencionar que, la presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Para mayor referencia se agrega el link de la fuente de información:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5607376&fecha=11/12/2020

Agradecemos de antemano su atención.

Atentamente, Xerapo, Soluciones en Comercio Exterior.

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