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ATENTO RECORDATORIO: “Cumplimiento de la presentación del reporte anual de operaciones de Comercio Exterior ”.

Por lo que se refiere al cumplimiento de las obligaciones permanentes de las empresas IMMEX «Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicio de Exportación» y dependiendo del tipo de programa con el que las empresas cuenten, éstas deberán presentar un sólo reporte, de acuerdo a lo siguiente:

1) De acuerdo con el artículo 8 del “Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial (PROSEC)”:

En este supuesto, se deberán de presentar a través de VUCEM, el informe de Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior (RAOCE) correspondiente al ejercicio 2019, a más tardar el jueves 30 de abril de 2020, el cual es el último día hábil de dicho mes.

Cabe destacar que, las empresas que tengan programas PROSEC e IMMEX (simultáneos), deberá de entregar su RAOCE a más tardar el jueves 30 de abril de 2020, señalando  que ingresa la información de ambos reportes en uno mismo.

2) Por otro lado, de conformidad con el artículo 25 del “DECRETO para el fomento de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación (IMMEX)”

Las empresas que se cuenten con programa IMMEX, deberán de presentar, a través de VUCEM, el informe de Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior (RAOCE), a más tardar el día viernes 29 de mayo de 2020, el cual es el último día hábil de dicho mes.

Aunado a lo anterior, deseamos subrayar lo siguiente:

Indiscutiblemente para ambos supuestos, en caso de no cumplir en la fecha que le corresponda, los programas de fomento respectivos quedarán suspendidos y, de no subsanarse la omisión de presentación del informe, podrán ser cancelados. Por lo que se hace énfasis en la importancia de cumplir con esta obligación.

Atentamente, Xerapo, Soluciones en Comercio Exterior.

 

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