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Visita domiciliaria de parte de la Autoridad Aduanera Haciendo ejercer sus facultades de Comprobación

Muy buenas tardes estimados clientes.

Actualmente tenemos conocimiento de que la autoridad aduanera al momento de ejercer sus facultades de comprobación mediante Visita Domiciliaria está requiriendo lo siguiente:

1. Original (copia certificada) y fotocopia legible de la solicitud de Inscripción ante el Registro Federal de Contribuyentes y los avisos de modificación al mismo con sus anexos.

2. Copia del Avisó de cambio de situación Fiscal.

3. Original (copia certificada) y fotocopia legible del Acta Constitutiva de la Contribuyente y sus ulteriores modificaciones, así como los Instrumentos Públicos mediante los cuales se les otorga poder al (los) Representante(s) Legal (es) para actos de Administración.

4. Copia del Poder Notarial del  Representante Legal para actos de administración.

5. Relación de agentes aduanales con los que opera, los encargos conferidos otorgados, la aceptación del encargo por parte del agente aduanal, así como la relación de las aduanas por las que importa.

6. Documento que autoriza su inscripción al Registro en el Padrón de Importadores y a los padrones sectoriales según sea el caso.

7. Contrato de arrendamiento donde se encuentra ubicada su empresa, o en su caso los titulo de adquisición de inmueble o contrato de comodato.

8. Contrato de Maquila(contrato de maquila/ IMMEX con empresa extranjera, identificando el servicio a recibir, u órdenes de compra del producto elaborado, transformado o reparado).

9. Documentos mediante los cuales se le otorgó el programa de Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX), así como los documentos mediante los cuales se amplió, o en su caso, se finalizó dicho programa.

10. Tener físicamente identificados los pedimentos y sus anexos de los últimos 5 periodos que pueden ser objeto de una Auditoria de Comercio Exterior, así como contar con sus respectivos expedientes electrónicos (Disponibilidad de los pedimentos sujetos a revisión y sus respectivos anexos).

11. Copia fotostática de la Declaración Anual y copia del Último Pago Provisional.

12. Control de Inventarios (pantalla impresa del sistema de control de inventarios).Sugiriendo en este punto tener el Registro actualizado de los datos de control de mercancías de comercio exterior, identificando plenamente el programa de control de inventarios y la unidad de procesamiento de datos mediante el cual se puede tener acceso al sistema.

13. Medidas aproximadas del predio donde se encuentra la empresa, por lo que deberá de contar con documente en el que conste dicho dato.

14. Documento que señale el número de empleados laborando.

15. En caso de contar con sucursales, bodegas u oficinas adicionales ubicadas en otros domicilios; los avisos de alta de estos, especialmente si almacenan mercancía de comercio exterior.

16. Relación de accionistas de la empresa, R.F.C. y porcentaje de las acciones

17. Descripción de las actividades de la empresa (proceso productivo).

18. Nombre completo del Representante Legal de la empresa, R.F.C., correo electrónico, numero de telefónico y numero de celular.

19. Información extraída del Control de Inventarios, en relación con el anexo 24 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, de los pedimentos que puedan ser sujetos a revisión por parte de la autoridad, por el periodo comprendido que se estaría revisando.

LA INFORMACIÓN QUE DEBE ARROJAR EL SISTEMA DE CONTROL DE INVENTARIO, COMO MÍNIMO DE SER:

EN IMPORTACION:

  • PATENTE ADUANAL
  • CLAVE DE ADUANA
  • NO. PEDIMENTO DE ENTRADA AFECTADO (IMPORTACIÓN
  • FECHA DEL PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN
  • CLAVE DE PEDIMENTO
  • NO. DE PARTE DE LA MATERIA PRIMA
  • SECUENCIA
  • FRACCIÓN ARANCELARIA
  • DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA
  • CANTIDAD EN UMC
  • CLAVE UMC
  • PRECIO UNITARIO
  • VALOR EN ADUANA
  • CLAVE DE PAÍS DE ORIGEN

EN EXPORTACION:

  • PATENTE ADUANAL
  • CLAVE DE ADUANA
  • NO. PEDIMENTO DE SALIDA AFECTADO (EXPORTACION)
  • FECHA DE SALIDA DE PEDIMENTO AFECTADO
  • CLAVE DE PEDIMENTO
  • NO. DE FACTURA DE EXPORTACION
  • FECHA DE APERTURA DE EXPORTACION
  • NO. PARTE DEL PRODUCTO
  • SECUENCIA
  • FRACCION ARANCELARIA
  • DESCRIPCION DE LA MERCANCIA
  • CANTIDAD EN UMC
  • CLAVE UMC
  • PRECIO UNITARIO
  • VALOR COMERCIAL
  • CLAVE DE PAIS DE DESTINO
  • CANTIDAD DE MERCANCIA DESCARGADA
  • SALDO
  • VALOR AGREGADO}

20. Información: el (los) BILL (LISTA) DE MATERIALES utilizado para cumplir con el contrato de maquiladora/IMMEX u órdenes de compra, utilizado (s) durante el periodo sujeto de revisión.

Respecto a este punto, esta información debe estar registrada en el Sistema de Control de inventarios, en relación con el anexo 24 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, y fácilmente extraíble para su revisión y comparación con los pedimentos sujetos a revisión, por el periodo comprendido que se estaría revisando.

21. Documentación que comprueben el tratamiento otorgado a los desperdicios generados en los procesos productivos (retorno al extranjero, cambio de régimen, destrucción o donación).

22.Si cuenta con autorización en el registro de empresas certificadas, documentación que compruebe la autorización, la renovación anual, en caso de ser aplicable.

23. Si cuenta o contó con certificación IVA e IEPS: Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías (SCCC y G), en relación con el anexo 31 de las Reglas Generales de Comercio Exterior.

24. Papeles de trabajo que sirvieron para determinar el valor en aduana, así como la determinación del valor agregado.

Lo anterior, sin perjuicio de la verificación de la legal importación, tenencia o estancia en el país de las mercancías de procedencia extranjera que se encuentren dentro del domicilio o domicilios fiscales donde se lleva a cabo la visita.

ES POR LO ANTERIOR, QUE SE REALIZAN LAS SIGUIENTES RECOMENDACIONES:

I. Verificar la Orden de visita domiciliaria y constatar a quién está dirigida, el objeto y el periodo sujeto a revisión y el domicilio o domicilios donde se llevará a cabo.

II. Que la visita sea atendida tanto por personal de aduanas como del área contable de la empresa.

III. Cuando la autoridad efectúe el levantamiento del inventario físico, verificar que la descripción e identificación de los bienes de activo físico sea la correcta.

 

ASÍ MISMO, ES IMPORTANTE PARA SUS CLIENTES TENER EN CONSIDERACIÓN LO SIGUIENTE:

1. Refiriéndose a los activos fijos, maquinaria, sistemas electrónicos y demás; integrar expediente que contenga los registros contables, pedimento de importación o factura fiscal/CFDI nacional y fotos de ser posibles; confirmando las series, modelos y marcas, si llegaran a tener.

2. Asegurar que todos sus permisos y programas tengan los datos correctos de su empresa, registro federal de contribuyente y domicilio fiscal correcto.

Por su parte, la Ley Aduanera señala cuáles son los documentos que deben integrar un Expediente de Comercio Exterior y que son elementos indispensables en el proceso de una auditoria, conforme a lo siguiente:

En materia de importación.

  • La relativa al valor y demás datos relacionados con la comercialización de las mercancías, contenidos en la factura o documento equivalente, artículo 59-A de la Ley Aduanera.
  • La contenida en el conocimiento de embarque, lista de empaque, guía o demás documentos de transporte.
  • La que compruebe el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias a importación.
  • La que determine la procedencia y el origen de las mercancías para efectos de preferencias arancelarias, cuotas compensatorias, cupos y otras medidas que se hayan establecido. (Revisar regla de origen)
  • Documento digital en el que conste la garantía efectuada en la cuenta aduanera de garantía a que se refiere el artículo 84-A de esta Ley, cuando el valor declarado sea inferior al precio estimado que establezca la secretaría.

En materia de exportación

 La relativa al valor y demás datos relacionados con la comercialización de las mercancías, contenidos en la factura o documento equivalente, declarando el acuse correspondiente que se prevé en el artículo 59-A de la presente Ley.

 La que compruebe el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias a la exportación, que se hubieran expedido de acuerdo con la Ley de Comercio Exterior, siempre que las mismas se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

Para las empresas con Programa IMMEX y ECEX es importante la correcta administración y control del Anexo 24 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, teniendo en cuenta que, es una herramienta que permite consultar, de manera automatizada, información básica sobre los inventarios de una compañía, cuyos objetivos principales son el cumplir con las disposiciones establecidas en la Ley Aduanera, el Reglamento de la Ley aduanera y las Reglas Generales de Comercio Exterior, controlar los inventarios de mercancías importadas temporalmente, comprobar el retorno de mercancías importadas temporalmente y las mercancías pendientes de retorno, y generar reportes para cumplir con la información requerida por las autoridades aduaneras.

Finalmente, la importancia de realizar una adecuada integración de los expedientes electrónicos y hacer auditorias preventivas son recomendaciones importantes con el objetivo de reducir riesgos de incumplimiento fiscal, recordando siempre que en caso de recibir la notificación, es momento de reunir específicamente los datos, documentos o informes que la autoridad solicitó.

Agradecemos de antemano su atención.

Atentamente,  Soluciones en Comercio Exterior, XERAPO.

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